Fundamentos Legales
Titulo de Concesión
Otorgado por el Gobierno Federal a la Administración Portuaria Integral de Tuxpan, S. A. de C. V., a través de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, el cual fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de noviembre de 1994, así como sus anexos y modificaciones. La concesión tiene por objeto el uso y aprovechamiento de los bienes del dominio público de la federación que comprenden el recinto portuario correspondiente, la construcción de obras, terminales, marinas e instalaciones portuarias, así como la prestación de servicios portuarios.
Escritura Constitutiva
La Administración Portuaria Integral de Tuxpan, S.A. de C.V., es una empresa de participación estatal mayoritaria constituida como una sociedad anónima de capital variable, según consta en la escritura 31,157, del 22 de julio de 1994, pasada ante el notario número 153 del Distrito Federal, Lic. Jorge Antonio Sánchez Cordero Dávila, inscrita en el Registro Público de Tuxpan de Rodríguez Cano, Veracruz, bajo el número 93, el 26 de agosto del mismo año. Su objeto social comprende la administración portuaria integral mediante el ejercicio de los derechos y obligaciones derivadas del Titulo de Concesión, la construcción de obras e instalaciones portuarias y la prestación de los servicios portuarios, así como la administración de los bienes y equipos adheridos de manera permanente que integren la zona de desarrollo del Puerto de Tuxpan, Veracruz.
Reglas de Operación del Puerto de Tuxpan
Conforme a los términos del artículo 40, en su fracción VII de la Ley de puertos, y a los artículos 81 y 82 del Reglamento de la Ley de puertos, esta Administración Portuaria Integral de Tuxpan, S.A. de C.V. presenta las Reglas de Operación del Puerto cuyo objetivo es regular la administración, funcionamiento, construcción, operación y explotación de obras, prestación de servicios portuarios y las demás actividades que se desarrollen en el Puerto de Tuxpan, Veracruz.